Directiva (UE) 2024/869 por la que se modifican los valores límite para el plomo y sus compuestos inorgánicos y para los diisocianatos

Mar 20, 2024 | Higiene Industrial, Prevención, Salud y Bienestar Laboral

Los nuevos límites reducen la exposición al plomo para salvaguardar la salud de los trabajadores

La nueva Directiva UE 2024/869 sobre agentes cancerígenos marca un hito significativo en la protección de la salud laboral en Europa, especialmente en lo que respecta a la exposición al plomo y los diisocianatos.

Tras varias negociaciones, el Parlamento Europeo y el Consejo han llegado a un acuerdo para la publicación de este texto centrándose en la fijación de nuevos valores límite para el plomo y sus compuestos inorgánicos. Se modifica así la Directiva anterior en lo relativo a los valores del Plomo y diisocianatos con el objetivo de mejorar la protección de la salud de los trabajadores, reduciendo los riesgos asociados a la exposición a estos agentes en el ámbito laboral. Los estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias antes del 9 de abril de 2026.

Nuevos valores límite

En lo que concierne al plomo, aproximadamente 1,5 millones de trabajadores se beneficiarán de las nuevas medidas de protección. Se ha acordado reducir el límite de exposición profesional de 0,15mg/m3 a 0,03mg/m3 para la Fracción Inhalable, y el límite de exposición biológica de 70μg/100ml a 15μg/100ml.

Dado que algunas personas han estado expuestas al plomo durante años, se requerirá una vigilancia médica periódica para aquellos con niveles acumulados por encima de los nuevos límites. Además, se reconoce la importancia de proteger la salud reproductiva de los trabajadores, especialmente de las mujeres, y se establece la posibilidad de revisar los límites de exposición biológica a medida que surjan nuevas pruebas científicas.

En cuanto a los diisocianatos, se establecen por primera vez valores límite a nivel de la UE. Se fijará un límite de 6μg NCO/m3 para exposiciones prolongadas y 12μg NCO/m3 para exposiciones de corta duración, si bien hasta el 31 de diciembre de 2028 serán aplicables un valor límite de 10 μg NCO/m3 para exposiciones prolongadas y 20 μg NCO/m3 para las de corta duración.

La Comisión Europea revisará estos límites antes de 2029 para garantizar su eficacia en la protección de la salud de los trabajadores.

Este cambio representa un gran avance en la protección de la salud de los trabajadores europeos, al tiempo que plantea un desafío significativo para todos agentes involucrados en la evaluación y control, especialmente para los higienistas ocupacionales y los laboratorios de análisis de agentes cancerígenos y mutágenos.

Desde APA asumimos este compromiso y nos preparamos para el futuro poniendo a punto nuestras técnicas de análisis y acompañando a los Higienistas Industriales para seguir trabajando juntos pro de la seguridad laboral.

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