Nuevas obligaciones legales frente al radón a partir de mayo de 2025

May 8, 2025 | Laboratorio

A partir del 2 de mayo de 2025, entra en vigor una nueva normativa que podría traer consigo cambios significativos en la gestión de la seguridad en las instalaciones laborales. El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha aprobado la Instrucción IS-47, que obliga a medir y controlar la exposición al radón —un gas radiactivo natural y silencioso relacionado con el cáncer de pulmón— en los centros de trabajo ubicados en zonas de alta exposición.

Esta medida se enmarca dentro de la Directiva Europea 2013/59/Euratom y el Real Decreto 1029/2022, y busca proteger la salud pública elevando los estándares de prevención laboral. Las inspecciones de trabajo no se harán esperar, y el incumplimiento podrá suponer sanciones importantes.

La nueva normativa refuerza el compromiso con entornos laborales más seguros y saludables frente a la exposición al radón.

¿A quién afecta?

Principalmente a centros de trabajo en planta baja o sótanos dentro de los municipios clasificados como Zona II (alta concentración de radón, más de 300 Bq/m³). Puedes consultar si tu municipio está afectado en el mapa oficial del CSN.

¿Qué exige la norma?

  • Instalación obligatoria de detectores: desde 1 por zona hasta 1 por cada 200-500 m² según el tipo de edificio.
    • Edificios compartimentados: 1 detector por despacho o habitación
    • Sótanos compartimentados: 1 detector por cuarto o sección
    • Oficina abierta o almacén, hasta 1.000 m²: 1 detector cada 200 m²
    • Oficina abierta o almacén, hasta 5.000 m²: 1 detector cada 400 m²
    • Áreas extensas (>5.000 m²): 1 detector cada 500 m²
  • Mediciones mínimas de 3 meses, preferentemente entre octubre y mayo. O, en su defecto, un año natural, dividido en periodos trimestrales.
  • Revisión periódica: cada 5 o 10 años según resultados de mediciones anteriores.
  • Plazo máximo de 6 meses para iniciar mediciones en nuevos centros.
  • Información documentada a los trabajadores, desde la planificación hasta los resultados.

Además, los análisis deben ser realizados por laboratorios acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025.

Desde APA, celebramos que España siga dando pasos firmes en la consolidación de un entorno laboral más seguro y saludable. Este nuevo marco regulador representa un avance significativo en la gestión de riesgos ambientales laborales en España.

Si necesitas asesoramiento personalizado, contáctanos en apa@apa.es

→ Consulta la publicación oficial en el BOE aquí: BOE Real Decreto 1029/2022

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