Description
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un
adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. De acuerdo con el artículo 19 de dicha Ley cada trabajador debe recibir una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva.
En cumplimiento de lo anterior, el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal incorpora nuevos contenidos sobre formación y promoción de la seguridad y la salud en el trabajo.
El objetivo es reducir la siniestralidad y potenciar la cultura preventiva en los lugares de trabajo mediante la impartición a todos los trabajadores de formación suficiente y adecuada en materia de prevención de riesgos laborales, adaptada a la evolución de los mismos y a la aparición de otros nuevos. En este manual se desarrollan los diferentes capítulos que conforman el contenido formativo específico sobre Seguridad y Salud para TRABAJOS DE INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS, AUTOMATISMOS Y SU PROGRAMACIÓN, ORDENADORES Y SUS PERIFÉRICOS O DISPOSITIVOS AUXILIARES; EQUIPOS Y TECNOLOGÍAS DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA INFORMACIÓN, REDES DE INFORMACIÓN Y DATOS (TICS) con el objetivo de que los trabajadores adquieran los conocimientos necesarios en materia de prevención de riesgos laborales y puedan aplicarlos en los trabajos que desarrollen.