Directivos de Empresa Sector Metal (6H)

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Descripción

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo 16, de forma clara la obligación para el empresario, y por extensión para los directivos de las empresas, de integrar la prevención.

Integrar se define como hacer que algo pase a formar parte de un todo. La integración de la prevención debe ser total ya que debe integrarse en el sistema general de gestión de la empresa.

Esta integración debe extenderse, por una parte, a las actividades que realiza la empresa, y a las decisiones que se tomen, tanto a los procesos técnicos, como a la organización del trabajo y a las condiciones de trabajo, y por otra parte, a todos los niveles jerárquicos de la empresa, es decir, a todo el organigrama.

Por tanto, toda la organización, de acuerdo a las funciones que desarrolle, debe tener establecidas sus obligaciones en materia de prevención de forma que le lleven a integrar la prevención en sus actividades en sus decisiones.

Hay pocas cosas de las que un directivo se pueda sentir más orgulloso que de reducir los accidentes y las enfermedades laborales.