Descripción
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. De acuerdo con el artículo 19 de dicha Ley cada trabajador debe recibir una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva.
En cumplimiento de lo anterior, el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal incorpora nuevos contenidos sobre formación y promoción de la seguridad y la salud en el trabajo.
El objetivo es reducir la siniestralidad y potenciar la cultura preventiva en los lugares de trabajo mediante la impartición a todos los trabajadores de formación suficiente y adecuada en materia de prevención de riesgos laborales, adaptada a la evolución de los mismos y a la aparición de otros nuevos.
En este manual se desarrollan los diferentes capítulos que conforman el contenido formativo específico sobre Seguridad y Salud para Trabajos de producción en la industria siderúrgica y de primera transformación para aquellas actividades para las que no se precise título de operador de transportes), con el objetivo de que adquieran los conocimientos necesarios en materia de prevención de riesgos laborales y puedan aplicarlos en los trabajos que desarrollen.